6 de julio de 2013

Pliego de condiciones de los primeros coches-correo

Pliego de condiciones de los primeros coches-correo
Francisco Pons

Pliego de condiciones para la adquisición de seis coches-correo destinados a la línea de Madrid a Alicante en 1858. Que tengamos constancia, estos son los primeros coche-correos que como tal, se solicitaron en las líneas españolas.


Pliego de condiciones bajo las cuales se saca á pública subasta la construcción de  seis vagones-correos en 1858.

El contratista se obligará á construir y  entregar en el término de seis meses,  contados desde el día en que se otorgue la escritura en la» estaciones del ferro-carril de Madrid á Alicante, seis vagones-correos como los construidos en Bruselas por cuenta del gobierno es pañol, en que hacen el servicio de noche las estafetas ambulantes en el trayecto de dicho ferro-carril, con las variaciones siguientes:

1. Las ruedas tendrán de altura O, 942 metros.

2. Los arcos serán de acero.

3. La distancia entre los dos ejes de 3, 020 metros.

4. Las lámparas estarán colgadas en la parte superior del coche, y una precisamente encima de cada mesa, siendo iguales en todo á la de vagones de primera clase.

5. Cada uno de los coches una campana de 23 kilogramos de peso en la parte superior externa, con un llamador que corresponda al interior para dar la señal de estar terminadas las operaciones de la estafeta ambulante.

6. Los casilleros serán de mayores dimensiones, y los espacios de debajo de las mesas tendrán puertas con cerraduras.

7. Las tapas de las cajas de grasa serán de hierro batido y no fundido como los que hacen hoy el servicio.

8. Será obligación del contratista entretener por su cuenta los expresados vagones durante seis meses, contados desde el día en que se verifique la entrega de los mismos.

9. Se entenderá por entretenimiento para los efectos de la condición anterior cuantas composturas y reparaciones sean necesarias para conservarlos en buen estado de servicio, á menos que el deterioro que las haga indispensables proceda de algún choque, descarrilamiento ú otro caso fortuito.

10. Para presentarse como licitador es circunstancia precisa de entregar previamente ea la Caja general de Depósitos 20,000 rs. Vellón en metálico ó su equivalencia en papel del Estado al precio de cotización en el día del depósito. Este será devuelto á los interesados á la conclusión del remate, excepto el que pertenezca al mejor postor, que se retendrá por vía de fianza.

11. Las proposiciones se harán en pliegos cerrados, y se entregarán al director de Correos en el momento de empezar la subasta. Para extenderlas se observará la fórmula siguiente:
«Me obligo á construir y entregar en el término de seis meses seis vagones-correos bajo las condiciones contenidas en el pliego aprobado por S, M. por la cantidad de………………….reales cada uno. Para seguridad de esta proposición presento el documento que acredita la entrega en la Caja general de Depósitos de la suma de 20 rs. en metálico (ó lo que sea.)»

12. Toda proposición que no esté redactada en estos términos, ó que contenga modificaciones o cláusulas condicionales, se tendrá como no hecha para el acto del remate.

13. Acompañará á la proposición en distinto pliego cerrado y con el mismo lema, otro con la firma y expresión del domicilio del proponente.

14. Si á los seis meses de haberse elevado a escritura pública este contrato no se hubiesen entregado los seis vagones-correos de que se trata, estará el gobierno autorizado para rescindirlo, y el contratista perderá el importe de la fianza.

15. El pago de la cantidad en que queden rematados los vagones lo hará el gobierno al mes de recibirlos.

16. La fianza no se devolverá al contratista hasta que hayan trascurrido los seis meses de que trata la condición 2.

17. La subasta se verificará en el local que ocupa la dirección general del ramo. Las proposiciones se leerán públicamente, y si resultasen dos o más iguales que al mismo tiempo fuesen las más ventajosas, se procederá en el acto á una nueva licitación oral entre los autores de ellas por espacio de 13minutos, trascurrido el cual se hará la adjudicación en favor del mejor postor, retirando los demás sus depósitos y los pliegos que contengan sus firmas y expresión del domicilio.

18. El remate no será obligatorio hasta que recaiga la aprobación de S. M.

19. Será de cuenta del contratista el coste de la escritura y de una copia de esta para la dirección general de Correos.

20. El tipo máximo admisible será el de 32,300 reales cada vagón.

21. A la recepción de los expresados vagones procederá un severo y minucioso reconocimiento facultativo, tanto respecto al material como á la construcción y mano de obra.
Madrid 17 de diciembre de 1858.
El director general de Correos,
Mauricio López Robarts.




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